SCJN blinda la alimentación saludable en aulas y frena amparos de la industria de ultraprocesados

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) asestó un golpe definitivo a los intentos de la industria alimentaria por mantener la distribución de productos ultraprocesados e insalubres en el sistema educativo nacional. Con una sólida mayoría de nueve votos, el Pleno ratificó la validez constitucional de la normativa que restringe la venta de comestibles con sellos o leyendas de advertencia en los centros escolares de todos los niveles.

El fallo responde a una serie de recursos legales interpuestos desde 2024 por firmas del sector –entre las que figuran Embotelladora del Fuerte (filial de Coca-Cola), Maison Kayser y Mega Vending de México– con los que pretendían exentarse de las disposiciones oficiales. El Máximo Tribunal determinó que tales restricciones no coartan la libertad laboral ni el libre comercio, dado que no impiden la venta general de los productos, sino que regulan su presencia en espacios destinados a la enseñanza para resguardar la salud pública y el bienestar nutrimental.

Alcance en el nivel superior y marco normativo

Uno de los puntos clave del debate radicó en el alcance de la medida en las instituciones de educación superior. Pese a que se argumentó un posible conflicto con la autonomía universitaria, el Pleno concluyó que la protección del derecho humano a una nutrición adecuada –consagrado en el artículo 4.º de la Constitución– aplica a todas las personas sin importar su edad o grado académico, sin que ello menoscabe la capacidad de autogobierno de las universidades.

Asimismo, la resolución enfatizó que las directrices emitidas por la autoridad educativa encuentran sustento directo en los artículos 75 y 75 Bis de la Ley General de Educación, armonizados con los parámetros fijados por la Secretaría de Salud. En el marco del proceso, se registró además el desistimiento voluntario de Embotelladora Las Margaritas previo a la votación de su recurso, una maniobra recurrente para evitar la fijación de jurisprudencia desfavorable a los intereses corporativos.

Con este dictamen, el Máximo Tribunal establece un precedente en la protección de los entornos educativos frente a la crisis de sobrepeso, obesidad y diabetes que atraviesa el país.