Quién decide qué es verdad

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) abrió una consulta pública –del 27 de julio al 21 de agosto– para definir los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias. La comisionada presidenta Norma Solano Rodríguez lo presentó como un paso importante para tutelar derechos constitucionales, con plazos claros y transparencia. La presidenta Claudia Sheinbaum aseguró que no hay censura: es “autorregulación”, y la multa solo sería la última instancia.

Pero el mismo gobierno que promete autorregulación opera, desde hace semanas, un programa semanal –Derecho de Réplica, conducido por Luisa María Alcalde desde el Salón Tesorería de Palacio Nacional– para “refutar noticias falsas” de medios críticos como Reforma o Latinus. Ahí se cae el velo. Lo que está en juego no son solo los derechos de las audiencias: es quién decide qué es verdad, qué es opinión y qué es información falsa.

La senadora zacatecana Claudia Anaya, del PRI, lo planteó con precisión técnica: el artículo 6 constitucional, apartado B, fracción V, exige que el organismo encargado de regular la libertad de expresión, el derecho de réplica y los derechos de las audiencias sea un organismo público autónomo descentralizado. La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal distingue entre un descentralizado y un desconcentrado: el primero tiene personalidad jurídica y patrimonio propios, y puede litigiar por sí mismo; el segundo, no.

La CRT es un organismo desconcentrado. No tiene personalidad jurídica ni patrimonio propio, y está sectorizado en la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, un órgano centralizado cuya cabeza es, por ley, la presidenta de la República. Traducción: quien terminaría haciendo valer estos lineamientos sobre medios críticos depende, en la cadena de mando, de la misma presidenta a la que esos medios cubren. Cuando el IFT emitió lineamientos similares en 2024, al menos conservaba personalidad jurídica y patrimonio propios. Ese blindaje ya no existe.

El jurista italiano Luigi Ferrajoli explica que hay temas que ni siquiera la mayoría puede decidir. Los llama la “esfera de lo indecidible”, y funciona en dos sentidos: hay cosas que ningún gobierno puede decidir –como censurar algo antes de que se publique o castigar una opinión– y hay cosas que ningún gobierno puede dejar de garantizar, como que los derechos existan de verdad y no solo en el papel.

¿Por qué algo queda fuera del alcance de la mayoría? Porque la mayoría, muchas veces, no sabe del tema. Y porque esa mayoría puede estar controlada por el mismo partido que gobierna. Como ha planteado Luigi Ferrajoli, los derechos fundamentales, entre ellos la libertad de expresión, deben funcionar como límites al poder y no quedar sujetos a la voluntad de quienes gobiernan o de las mayorías políticas.”

Si la mayoría pudiera decidir sobre todo, la democracia se convertiría en un juego donde el premio es controlar todas las instituciones. Y si esa mayoría responde a un solo partido, lo que se presenta como “voluntad del pueblo” es, en realidad, la voluntad de ese partido.

Por eso tampoco basta con abrir una consulta pública. No es que cualquiera pueda opinar y con eso quede resuelto el asunto. El periodismo y la manera de distinguir una noticia de una opinión son oficios que requieren experiencia y, sobre todo, distancia del poder. Una consulta pública no sustituye esa experiencia, y menos cuando quien la convoca es la misma parte interesada en el resultado.

La Cámara de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) emitió un boletín el 28 de julio, tras la presentación de Alcalde, en el que documentó cuatro riesgos concretos: los lineamientos son ambiguos y permiten al gobierno definir qué es información falsa o descontextualizada, con lo cual el defensor de audiencias queda subordinado a la autoridad; las sanciones –hasta 1% de los ingresos anuales del concesionario– rebasan lo que la propia ley permite, que solo contempla multas por no designar defensor de audiencias o no emitir código de ética; se pretende crear un “recurso de inconformidad” mediante el cual el gobierno podría revisar toda decisión de los defensores de audiencias; y no se descarta la presentación de quejas anónimas, lo que abriría la puerta a mecanismos de presión contra periodistas mediante denuncias falsas.

José Antonio García Herrera, presidente del Consejo Directivo de la CIRT, fue más directo en declaraciones a medios: “Lo que debemos de evitar es que haya censura.” Señaló también la asimetría regulatoria: mientras radio y televisión enfrentan estos lineamientos, las plataformas digitales y los medios impresos operan sin las mismas exigencias, “cosa que no me encanta porque no tenemos un piso parejo”. Y apuntó algo que el gobierno omite: la radio y la televisión ya operan bajo un marco de responsabilidad editorial donde los contenidos “tienen nombre y apellido”.

García Herrera fue más allá en el tema de las quejas: “las quejas a los defensores de las audiencias tienen que ser auténticas y no anónimas”, dijo, y planteó que los lineamientos deberían facultar a los defensores para desechar denuncias frívolas, improcedentes o sin quejoso identificado, porque de lo contrario los medios y comunicadores quedarían expuestos a un acoso de denuncias anónimas y posiblemente falsas. Incluso celebró que la propia Sheinbaum haya dicho, días antes, que tampoco quería denuncias anónimas y que prefería la autorregulación de la industria. Es decir: en ese punto específico la presidenta coincide con la industria, y aun así los lineamientos de la CRT no lo recogen.

El columnista Jorge Bravo, de El Economista, ubicó el mecanismo con precisión: no hace falta censura directa para producir un efecto inhibidor. La supervisión permanente, los procedimientos administrativos y la incertidumbre regulatoria bastan para que los medios moderen sus contenidos por evitar el conflicto, no porque la libertad de expresión esté garantizada. Es el chilling effect o efecto disuasorio: el mecanismo por el cual la sola amenaza de una sanción o un procedimiento administrativo empuja a un medio a la autocensura, sin que la autoridad tenga que prohibir o multar nada. Entre los catorce derechos que contemplan los nuevos lineamientos, uno concentra el riesgo: la obligación de diferenciar noticia de opinión en tiempo real, una frontera que en la práctica cotidiana de la radio y la televisión rara vez es absoluta. Quien terminará calificando esa frontera –con sanciones de entre 0.01% y 1% de los ingresos– es una comisión desconcentrada bajo mando presidencial.

Mientras la consulta pública avanza, el gobierno ya opera su propio instrumento. El programa Derecho de Réplica, conducido por Alcalde –recién pasada de dirigir Morena a la Consejería Jurídica de la Presidencia– desde el Salón Tesorería de Palacio Nacional, se dedica a “refutar” notas de medios críticos. En la presentación de los lineamientos, Alcalde dijo que el objetivo es abrir el proyecto a la participación pública “para enriquecer la propuesta”. La frase suena bien hasta que se le coloca junto al programa que ella misma conduce: no puede la misma consejera jurídica montar un tribunal mediático matutino para calificar qué es falso y, al mismo tiempo, presentarse como garante de la pluralidad que la consulta dice defender.

Sheinbaum defendió los lineamientos con otro argumento: dijo que la ley que les dio origen se construyó por consenso con la CIRT, cuyos integrantes participaron en mesas de trabajo y discusiones para llegar a acuerdos antes de su aprobación, y por eso rechazó las acusaciones de censura que surgieron tras la publicación del proyecto en consulta pública. La pregunta obligada es: si la ley se consensuó con la industria, ¿por qué no se consensuaron también los lineamientos antes de emitirlos?

Pero de fondo hay otra pregunta que no depende de plazos ni de mesas de trabajo: si aceptamos que la verdad sea, por diseño institucional, un asunto que resuelve una comisión desconcentrada que depende, en última instancia, de la misma presidenta a la que los medios críticos incomodan. Ferrajoli ya había dado la respuesta: hay derechos que ni siquiera la mayoría puede decidir. La consulta pública sigue abierta hasta el 21 de agosto. Lo que está en juego no es el texto de los lineamientos. Es quién decide qué es verdad.

POR LAS CALLES… La salud mental y la prevención del suicidio fueron parte de los temas abordados en el Segundo Parlamento de las Personas Jóvenes en el Congreso de la Ciudad de México que se realizó la semana pasada, un importante ejercicio de participación que permite conocer y escuchar las propuestas de las nuevas generaciones para fortalecer las políticas públicas.

Reasaltó la intervención de Valeria Santander, quien presentó una iniciativa para actualizar la Ley de Salud Mental de la Ciudad de México, con el fin de garantizar atención integral a personas que hayan intentado suicidarse, incorporar la posvención como una obligación del Estado y ampliar la protección para quienes requieran atención preventiva.

La parlamentaria juvenil destacó que, de acuerdo con el INEGI, el suicidio es la segunda causa de muerte entre las personas de 15 a 29 años en México, por lo que llamó a reconocer la salud mental como un derecho y a impulsar una legislación que responda a esta problemática.

X: GarcíaJJavier

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